Mediante Decreto 143/2020 M.P.M. se establece el horario para las actividades de ESPARCIMIENTO RESPONSABLE en el período comprendido entre las 06:00 hs. y las 24:00hs.
DEBERÁN CUMPLIR las siguientes especificaciones:
a) Deberán desarrollarse en el horario habilitado.-
b) Deberán realizarse en el ámbito de la planta urbana hasta el cementerio local.-
c) Deberán respetarse las normas sanitarias vigentes y en especial las contenidas en el protocolo provincial.-
d) No podrán utilizarse los juegos infantiles y saludables ubicados en espacios públicos.-